Una entidad financiera demandaba a la empresa que debió retener parte del salario de un deudor. El tribunal dirimió la controversia que giró sobre desde cuándo correspondía aplicar las astreintes (intereses sobre intereses)
La Cámara 8ª en lo Civil y Comercial de Córdoba confirmó una sentencia rechazando la apelación presentada por la accionante Caja de Crédito de Varela SA quejándose de la cuantificación de las astreintes o multa conminatoria establecida en contra de la empleadora del demandado, Taym SA. El fallo señaló que ésta cumplió con la manda judicial de embargo de los haberes del actor el día que hizo el depósito judicial resultante de la medida cautelar que se le había ordenado y no cuando acreditó dicho extremo en el expediente.
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