viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Córdoba: promulgan ordenanza para adjudicar 2000 licencias de taxis y remis

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La medida tiene carácter único y extraordinario. Uno de los criterios a seguir es que la adjudicación sea 50% para mujeres. En todos los casos, se dará carácter preferencial a personas con la inscripción y habilitación vigentes

 Ordenanza N° 13224

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZACIÓN. Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal, de manera extraordinaria y por única vez, a adjudicar dos mil (2000) licencias de Autos de Alquiler con Chofer, en sus modalidades Auto Taxi y Auto Remis, adicionales al número establecido en el Marco Regulatorio para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ordenanza Nº 12859

ARTÍCULO 2°.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. A los fines del cumplimiento del artículo 1° de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar:
a) Un porcentaje de las adjudicaciones de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) para mujeres y;
b) La participación inclusiva de todos los géneros en el procedimiento de adjudicación.
En todos los casos, se dará carácter preferencial a conductoras y conductores con la inscripción y habilitación vigentes.
ARTÍCULO 3°.- REGLAMENTACIÓN. Los plazos, requisitos y condiciones del procedimiento se determinan por vía reglamentaria, observando reglas de transparencia, publicidad e igualdad de oportunidades.
ARTÍCULO 4°.- MARCO NORMATIVO. Cualquier disposición en contrario o que genere un conflicto en su aplicación normativa, será interpretada conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza, aplicándose supletoriamente lo previsto en el Marco Regulatorio para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ordenanza Nº 12859.
ARTÍCULO 5°.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Autoridad de Aplicación de la presente es la Secretaría de Movilidad Urbana, o la que en el futuro la reemplace, quien dictará las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la correcta implementación de esta Ordenanza.
ARTÍCULO 6°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.


Fdo: Daniel A. Passerini – Miguel Angel Correa.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba Nº 3850 del 7 de enero de 2022.

Comentarios 2

  1. Pablo says:

    cuando será el sorteo de las licencias que deberían ser únicamente para choferes con prioridad a los que tienen más antigüedad.

    • Factor says:

      Muchas gracias por su comentario. A la fecha no se oficializó aún el día de sorteo. saludos, cordiales

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