La peticionante pidió que su reclamo sea derivado a los tribunales de la ciudad de Córdoba por haberse mudado y no poder afrontar los gastos de traslado a su anterior domicilio para continuar el pleito
Al resolver un conflicto negativo de competencia, la Cámara de Familia de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba ordenó que el trámite por alimentos peticionados por una hija mayor de edad siga sustanciándose ante un juzgado de la Primera Circunscripción Judicial, como lo peticionó la accionante, por haber mudado su domicilio desde Alta Gracia a la capital provincial, siguiendo la línea trazada por las normas procesales de la competencia del lugar de la beneficiaria y atento a que ella sigue siendo una persona vulnerable, atento a su reclamo, primero de reconocimiento de paternidad y luego de alimentos.
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