La instrucción -que derivó en la sanción por hurto- comenzó porque la encausada accedió a una cuenta en la que aún figuraba como cotitular, junto a su ex cónyuge. La mujer rescató cuotapartes de un fondo común de inversión y las movió
“El concepto de ‘cosa mueble’ contemplado para el delito de hurto no puede predicarse respecto de una transferencia bancaria”.
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