viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Criptoestafas agrupadas

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La Audiencia Nacional Española investiga casos de supuesto engaño en inversiones con criptomonedas por más de 450 millones de euros con más de 5.900 afectados. ¿Cómo analizar todos estos casos? El juez José Luis Calama aporta una solución.

Albistar prometía rentabilidades de ocho por ciento a 15% mensual, con pagos semanales. Para operar, el cliente abría una cuenta Exchange, que es un espacio virtual para compraventa de acciones; daba de alta un monedero electrónico para almacenar las criptodivisas y generaba un usuario en Exchange Coinbase para efectuar las transferencias. A medida que se sumaban inversores, utilizaba parte de ese dinero para rendirlo a inversores anteriores en pago de los altos intereses convenidos, generando así gran confianza, seguridad y rentabilidad, lo que los incentivaba a invertir más dinero e invitar a sus conocidos. Hasta que varios inversores solicitaron la retirada de sus fondos y la empresa se negó a devolverlos, justificándose en que un error en el algoritmo informático community bot había generado más intereses de los reales, causando un desequilibrio en las cuentas de la empresa y afectando su liquidez.

El juez Calama, a cargo del Juzgado Central de Instrucción número 4, primero, decidió separar la investigación en la posible comisión de delitos de estafa agravada y organización criminal, que será más expedita; de aquellos delitos que requieran una instrucción más prolija, compleja y con asistencia de organismos internacionales, como son el blanqueo de capitales y la falsedad documental.

Después resolvió conformar 10 agrupaciones de acusaciones particulares para una mejor organización, pidiendo a cada representación procesal que detalle la cantidad de personas que representa y el importe del perjuicio sufrido por cada una, como datos principales. Luego, otorgó la dirección letrada a aquellas representaciones que tenían mayor número de perjudicados y mayor perjuicio directo total causado, en función de su protagonismo procesal, a las que deberán integrarse los abogados no seleccionados. Más allá de este agrupamiento según el protagonismo, el resto de los abogados seguirá teniendo acceso a toda la documentación que se aporte al sumario de la causa. 

El juez reconoce que podría suponer una limitación del derecho de defensa, por lo que aclaró que esta decisión no supone una expulsión de la instrucción sino una personación en estado de latencia, además de una necesidad de optimizar procesos para arribar a una pronta resolución, lo que no se lograría si cada abogado de los miles de damnificados presenta su propio escrito. 

Seguramente si le preguntáramos a nuestros abuelos, el ofrecimiento de grandes ganancias con muy poco esfuerzo por medio de mecanismos que el común de la gente no utiliza, también ocurría en su época porque es más antiguo que la peperina. También es cierto que nunca perderá vigencia porque, como vemos en este caso, siempre existirán personas que querrán acortar camino.


* Abogado, especialista en derecho informático

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