En casos de mora sin ejecución de la garantía Fogar verán acreditado en su tarjeta de crédito el saldo correspondiente a la diferencia entre el nuevo crédito elegible y el monto adeudado. Aquellos informados por AFIP como elegibles para el otorgamiento de los Créditos, y la Entidad hubiera iniciado el trámite de ejecución de garantía sin haber cobrado aquella del Fogar, se deberá otorgar igualmente el crédito con las condiciones establecidas para los solicitantes en situación de mora y desistir el requerimiento de pago de garantía
Comunicación “B” 12221/21-BCRA
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