El juez de Familia de la ciudad chubutense de Trelew, Daniel Manse, hizo lugar a un amparo presentado por la abogada de un adolescente trans y le ordenó a la obra social Seros que cubra la totalidad de los gastos que demande la intervención de readecuación corporal que quiere hacerse.
El letrado del actor promovió la acción luego de que la prestadora provincial, mediante sus asesores legales, requirió que el joven de 17 años accediera a una autorización judicial previa para luego solicitar la intervención.
En su fallo, de oficio, el magistrado declaró la inconstitucionalidad y la inconvencionalidad del artículo 11 de la ley 26743 (de Identidad de Género) en relación con aquel requisito, al entender que no es coherente con lo normado por el nuevo Código Civil ni con los convenios internacionales suscriptos por el país en la materia.
“El artículo 11 de la Ley de Identidad Género ha devenido anacrónico con posterioridad a la sanción del Código Civil”, afirmó el juez.
En esa línea, entendió que la legislación no le exige “validar el género autopercibido” del amparista.
Así, concluyó que el joven no requiere autorización judicial para “avanzar hacia la concreción de su sentir más íntimo”.
La ley 26743 -sancionada el 9 de mayo de 2012- permite que las personas trans (travestis, transexuales, transgéneros) sean inscriptas en sus documentos personales con el nombre de elección y su género. Además, ordena que todos los tratamientos médicos de adecuación a la expresión de género sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio, lo que garantiza una cobertura de las prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado.