El Consejo de la Magistratura de la Nación (CMN) estableció una compensación mensual para atender los gastos que incurren los agentes que desarrollan teletrabajo. Aprobada por el plenario, ascenderá a $1.917 y será de carácter no remunerativo y no bonificable. Esta cifra será de carácter móvil y actualizable anualmente, y los empleados judiciales deberán acreditar el cumplimiento de la jornada laboral, de manera continua o discontinua, en un promedio de 20 días hábiles mensuales.
Ese dinero se les proveerá a todos los empleados hasta el cargo de prosecretario administrativo o su equivalente. Éste fue el punto más discutido en las comisiones de Reglamentación y de Administración y Financiera, ya que excluye a los jueces. Los representantes del estamento de los magistrados pidieron extender el universo de beneficiarios pero no lograron los votos suficientes para imponer su postura.
El trabajo a distancia comenzó a implementarse ante la necesidad de reducir la presencialidad en las dependencias judiciales sin afectar el servicio de justicia. Tuvo un crecimiento exponencial y alta aceptación como método alternativo al sistema presencial.
El proyecto de compensación surgió por el reclamo de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN) y del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la República Argentina (Sitraju-RA). Busca cubrir gastos directos -Internet, telefonía celular, luz y gas- e indirectos -depreciación de los equipos- que genera el teletrabajo.
En su dictamen, la Dirección General de Tecnología destacó los ahorros directos en las cuentas de luz, gas y telefonía, que son trasladados a los hogares de los trabajadores judiciales. Se trata de un universo de 7.715 personas conectadas mediante VPN (virtual private network).