lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Traslado de demanda de divorcio podrá notificarse por medios electrónicos

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El tribunal consideró que el caso tiene particularidades porque involucra a una persona que reside en España. También tomó en cuenta que se está “en medio de una crisis sanitaria sin precedentes”

La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón, provincia de Buenos Aires, revocó un fallo de primera instancia y autorizó que la notificación del traslado de una demanda de divorcio a una persona radicada en España se concrete a través de medios electrónicos; concretamente, Whatsapp.

El tribunal consideró que el caso tiene particularidades porque “involucra elementos internacionales”.

También tomó en cuenta que se está “en medio de una crisis sanitaria sin precedentes”, por lo que llevar a cabo aquel anoticiamiento por los medios clásicos “conllevará un lapso considerable de tiempo”.

“En definitiva, este proceso discurre entre dos personas que no son extrañas sino que han compartido una vida en común y es lógico que cuenten con medios para comunicarse mucho más sencillos que un exhorto internacional”.

(Del fallo de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón, provincia de Buenos Aires).

Por eso, respaldó el uso de alternativas “mucho más rápidas y razonables”.

“En definitiva, este proceso discurre entre dos personas que no son extrañas sino que han compartido una vida en común y es lógico que cuenten con medios para comunicarse mucho más sencillos que un exhorto internacional”, agregó.

En otro tramo de su fallo, la alzada precisó que las normas convencionales internacionales no impiden el uso de las nuevas formas de notificación.

En función de lo decidido por el tribunal -integrado por Roberto Jordá y José Luis Gallo-, la parte actora confeccionará electrónicamente la cédula y deberá adjuntar una copia del decisorio. Todo deberá estar firmado de modo digital y será remitido desde la casilla de mail oficial del juzgado a la dirección de correo electrónico denunciada por la parte actora, con la indicación -en el cuerpo del mail- de que se trata de la comunicación de una demanda judicial de divorcio instaurada y que toda la información necesaria podrá obtenerse descargando los adjuntos.

El accionante tendrá que acreditar en el expediente, mediante el aporte de las respectivas capturas de pantalla, las constancias de envío.

También deberá notificar vía Whatsapp al abonado telefónico denunciado en el escrito inicial, lo que correrá por su cuenta del demandante.

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