La cámara entendió que el incumplimiento del Estado provincial, al no afectar fondos para pagar la indemnización de rigor en el plazo establecido por la ley, no puede perjudicar a los ex empleados de la fallida
La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial hizo lugar al recurso interpuesto por la Cooperativa de Trabajo Maxim Limitada y revocó el fallo de primera instancia que había declarado el abandono del proceso de expropiación dispuesto por la ley 14648 de la Provincia de Buenos Aires, por la cual en 2014 se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble, las maquinarias y las instalaciones de la firma Maxim SA, con sede en Villa Martelli (partido de Vicente López), adjudicadas en propiedad -a título oneroso y venta directa- a la firma creada por sus ex empleados, que continúa con la producción y venta de tostadas.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.