La Secretaría de Comercio Interior argentina finalmente le puso un freno a Facebook en favor de los consumidores argentinos, a instancias de la doctora Johana Faliero.
Fue noticia nacional esta novedosa actitud del Gobierno y así se le dedicó nuestra contratapa, en la que se detalla que WhatsApp tenía la intención de compartir la información que recaba de sus usuarios con Facebook, su propietaria, a pesar de las promesas globales de independencia de cada compañía.
Al gozar Facebook de una posición dominante, dada la alta penetración en los usuarios argentinos a través de sus redes sociales (Facebook, Instagram y WhatsApp), si efectivamente cruza la información que cada uno de sus millones de usuarios nacionales difunde en cada una de esas plataformas de comunicación, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) sostiene que conformará una base de datos con un nivel de detalle que le permitirá ejercer conductas exclusorias y explotativas.
Esta última conducta explotativa, sostiene la CNDC, se conformará por la irrazonable y excesiva recopilación de información (requerida u obtenida) de sus usuarios, con el agregado que éstos últimos no tienen chances reales de limitar el tratamiento de la información de la que son titulares.
El organismo concluye lo que tantas veces se dijo en esta columna: que la supuesta gratuidad de los servicios ofrecidos no existe, ya que el activo esencial es la información que proveen sus usuarios, que la empresa muy bien monetiza, lo que se refleja en los ingresos obtenidos por publicidad en sus plataformas. Lo gratis algunas veces es muy caro.
La conducta exclusoria, es decir de eliminación de competidores, es clara y surge con preguntarse ¿cuáles otras plataformas de comunicación a escala mundial tienen tanto éxito y capilaridad como Facebook, Instagram y WhatsApp? Ello se agravará si conjugan todos los datos, comentarios, sentimientos, contactos y amigos, geolocalización, y demás información que cada persona genera minuto a minuto.
Un aspecto llamativo del dictamen de la CNDC es el reconocimiento de que los usuarios rara vez leen los términos y condiciones fijados por las aplicaciones, y mucho menos pueden dimensionar el alcance de los datos personales que están obligados a entregar y el uso que las empresas como Facebook pueden hacer de éstos; y que es muy elevada la dependencia que tiene el usuario de una aplicación que, dada la penetración que tiene WhatsApp, resulta indispensable para comunicarse en forma eficiente con sus contactos.
Ahora, unas preguntas: si rara vez leen las condiciones de uso ¿es culpa de la empresa? ¿se la puede culpar por ser exitosa en su negocio, y que todos requieran sus servicios? Más allá de las respuestas, todo persona necesita que alguien le ponga límites.
* Abogado, especialista en derecho informático