El Juez Federal N° 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, rechazó el amparo interpuesto por una abogada que padece diabetes, de Córdoba, quien presentó una medida cautelar contra el Gobierno provincial y el Estado nacional para recibir la vacuna contra el covid-19 antes del orden que le fue otorgado.
Al fundamentar su decisión, el magistrado recordó que, teniendo en cuenta la escasez de vacunas, dentro de la línea general sentada a por la Nación, la Provincia de Córdoba puso en marcha “el plan estratégico para la Vacunación contra el Covid 19 –Programa de Inmunización de Córdoba”, a cuyo fines estableció como objetivo vacunar la totalidad de la población en forma escalonada según la cantidad de vacunas con las que se cuente y la priorización de riesgo.
A su vez, el juez federal destacó que “con la llegada escalonada de vacunas y la escasez de este recurso, se establecieron objetivos de inmunización; a tal fin, se estableció un orden de prioridad de los grupos de población a vacunar basado en un marco bioético fundado en principios de igualdad y dignidad de derechos”.
“Conforme informa la Provincia de Córdoba, la actora se encuentra en el grupo de adultos entre 18 a 59 años perteneciente a grupos en riesgo, ya que padece diabetes e hipertensión, grupo que aún no ha sido convocado”, expresó Sanchez Freytes, quien agregó: “El orden no es arbitrario sino que es producto de la valoración de múltiples criterios tenidos en cuenta por equipos interdisciplinarios que integran el Comité de Acción coordinado por el Ministerio de Salud de la Provincia”.
En ese sentido, advirtió de que la actora “se encuentra dentro de una situación ya prevista en el Plan estratégico de vacunación, y en base al cronograma fijado, será oportunamente convocada”, pero entendió que no podía alterar el orden ya que “importaría privilegiar el interés particular de una persona en desmedro del interés general de la población, debiendo seguirse el procedimiento escalonado de vacunación sentado por las autoridades sanitarias”.