La Unidad Fiscal de Emergencia Sanitaria, (UFES), solicitó la elevación a juicio contra cinco organizadores de un evento masivo desarrollado en el julio de 2020 en un local ubicado en Avenida José María Eguía Zanón a la altura del 9630 de Barrio Villa Warcalde de la ciudad de Córdoba.
Según informó el Ministerio Público Fiscal, se trata de cuatro sujetos que habitualmente se dedican a realizar espectáculos públicos en la ciudad de Córdoba -tres de los cuales integraban una sociedad de responsabilidad limitada y un relacionista público- y de un reconocido DJ, todos ellos imputados por el delito de violación de medidas adoptadas para impedir la propagación de epidemia (art. 205 CP).
El evento convocó a casi 300 personas y se realizó en un salón de fiestas de la ciudad en momentos en que dicha actividad estaba absolutamente vedada. De la fiesta participó un importante DJ, quien cobraba por sus servicios un porcentaje de los ingresos percibidos por el pago de las entradas.
En el lugar, se pudieron advertir diversas infracciones a las normas sanitarias. “Las mesas dispuestas para el público se encontraban ocupadas por más de ocho personas -las que permanecieron allí sin distanciamiento social- prescindiendo del uso de tapaboca, sin la debida provisión de alcohol en gel u otro sanitizante a su alcance para permitir la higienización regular de manos. Se observó también un flujo desordenado de circulación de personas debido a la ausencia de señalética en el lugar, lo cual desencadenó la aglomeración de las mismas y tampoco se restringió el acceso a las áreas de juegos del predio, lo que derivó en que los menores de edad hicieron uso de los mismos, todo ello en infracción de las medidas sanitarias -distanciamiento social, preventivo y obligatorio- dispuestas por decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 576/2020 del 29/06/2020 y decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 469/2020, a los fines de evitar la propagación de la epidemia del virus COVID-19”, remarca la acusación.
Tras la investigación, fueron puestas en conocimiento las autoridades de la Inspección de Personas Jurídicas a los fines que evalúen la eventual pérdida de la personería jurídica de la sociedad como así también la disolución de la misma.