viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Restablecen el monto de daño moral fijado en el fallo de primera instancia

ESCENARIO. El máximo tribunal cordobés validó el poder otorgado con posterioridad al letrado y admitió su ofrecimiento de prueba.
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En la decisión se entendió como meramente formal la resolución de la Cámara a quo que, sin dar motivos fundados para esa reducción, ajustó la condena al valor estimado por el accionante en demanda

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