Los consumidores tendrán un botón del arrepentido en Internet, por lo que tendrían que darles a los comerciantes un botón antipánico.
La Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación dispuso mediante resolución 424/2020 que, ante las medidas de aislamiento social, las modalidades de contratación a distancia; la necesidad de acceso a la información a través de Internet respecto de bienes y servicios; y las vías electrónicas para efectuar la rescisión de los contratos, adquieren especial relevancia, resultando, en la mayoría de los casos, la única vía con la que los consumidores cuentan para acceder a estos derechos.
Que, en consecuencia, la Secretaría de Comercio Interior considera pertinente establecer que los proveedores que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o aplicaciones web tengan publicado un link denominado “botón de arrepentimiento”, mediante el cual los consumidores puedan solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado, en los términos de los artículos 34 de la ley N° 24240 y 1110 del Código Civil y Comercial de la Nación.
A partir de la solicitud de revocación de la aceptación, el proveedor -dentro de las 24 horas y por el mismo medio- deberá informar al consumidor el número de código de identificación de arrepentimiento o revocación. Al momento de hacer uso del botón, el proveedor no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite.
Esta iniciativa es destacable cuando el consumidor está en desventaja respecto al proveedor de bienes y servicios. Esta desigualdad en época de pandemia no sería tal, sino todo lo contrario, ya que es llamativa la cantidad de estafas que los comerciantes están sufriendo por compradores inescrupulosos que adquieren un teléfono celular de última generación, lo pagan a través de tarjeta de crédito o vía Mercado Libre, y cuando reciben el producto, sostienen que se les envió un cable de teléfono de línea o un mate usado, o cualquier otro elemento que ni siquiera se adecua al peso controlado por los actores involucrados en el proceso de logística.
Por ello, para balancear esta realidad, junto con el botón de arrepentimiento debería generarse un botón antipánico, para que los comerciantes accionen contra aquellos consumidores que reiteradamente los estafan, y por cientos.
La Secretaría de Comercio Interior tendría que pensar en ambos actores de la compraventa, porque ambos pueden ser víctimas del distanciamiento, y por ello generar procesos para que el comerciante rechace a un arrepentido masivo. Es un fácil método de eliminación de la competencia, le compra medio inventario, se arrepiente y le exige que asuma todos los costos asociados a ese reintegro, tanto logísticos como financieros, además de imposibilitarle su reventa porque todos fueron abiertos, o en el mejor de los casos, si los pudiera volver a vender, la época fuerte, si fueran bienes de temporada.
El Gobierno debe velar por la salud económica de todos los actores involucrados, y particularmente arbitrar medidas que desalienten la picardía por cualquiera de ellos.
* Abogado especializado en derecho informático