Deberá difundirse en los accesos de los locales comerciales. Se debe asegurar la distancia de dos metros entre personas. En caso de que el cliente quiera medirse una prenda se deberá rociar con alcohol diluido, antes y después de probársela.
Anexo Nº 68 – Fecha de vigencia: 27 de mayo de 2020
COMERCIO -LOCALES COMERCIALES EN GALERÍAS
1.FINALIDAD
En el presente protocolo, se enmarcan las recomendaciones y lineamientos generales tendientes a la bioseguridad para el comercio en galerías de la provincia de Córdoba dada la situación de la pandemia COVID-19.
2.ALCANCE
Locales comerciales ubicados en galerías con ingreso al público de la Provincia de Córdoba.
3.INSTRUCCIONES DE APLICACIÓN
- Instrucciones generales:
Son de aplicación las previsiones generales de los siguientes protocolos, salvo en lo que específicamente se establece en el presente:
- Protocolo de Comercio con fecha 27 de abril de 2020.
- Protocolo de flexibilización para Industrias, Comercios, Obras Privadas y Profesiones Liberales de la Provincia de Córdoba con fecha 25 de mayo de 2020.b.Instruccionesparticulares:
1)Los días, horarios y modos de trabajo serán los establecidos en el Protocolo de Comercio de fecha 27 de abril de 2020 y en el Protocolo de flexibilización para Industrias, Comercios, Obras Privadas y Profesiones Liberales de la Provincia de Córdoba de fecha 25 de mayo de 2020
2) El personal que permanezca dentro del local comercial, usará máscara o barbijo en todo momento y siempre deberá usarlo para la atención. Al igual que los clientes que ingresen al mismo
3) A los clientes se les facilitará dispositivos para la higienización de manos (Alcohol en gel o alcohol diluido al 70%) antes de ingresar al local.
4) La atención al cliente será manteniendo la distancia física de dos (2) metros.
5) En caso de ingresar el cliente a locales de menos de cincuenta (50) metros cuadrados lo hará de a una persona, debiendo los demás permanecer fuera del local, respetando estos últimos el distanciamiento físico previamente marcado con cinta autoadhesiva en el exterior de la unidad.
6) Para dar cumplimiento correcto al punto anterior, el personal de seguridad de la galería deberá controlar el orden en las distintas filas de ingreso a cada local. En el caso que las filas de distintos locales no permitan mantener la distancia de dos (2) metros entre los clientes, no deberá permitirse que más personas ingresen a la galería.
7) Teniendo en cuenta la superficie del área de tránsito de la galería, deberá establecerse el número máximo de personas que pueden ingresar a la misma (una persona cada veinte (20)metros cuadrados). Una vez alcanzado el número establecido de personas, no podrán ingresar más personas.
8) Se deberán limpiar, antes y después del ingreso del cliente, las superficies. Desinfectar estantería u otro elemento que pueda usar el cliente. Para limpiar superficies se usará una solución de alcohol diluido al 70% o lavandina diluida al 40%.
9) Se recomienda hacer la limpieza del piso del local cada dos horas como mínimo y utilizar una solución de agua lavandina o cloro al 40% diluido en agua.
10) Tanto fuera como dentro del local se marcará en el piso con cinta amarilla o de color que contraste con el color del piso el lugar donde debe esperar el cliente. Se debe asegurar la distancia de dos (2) metros entre personas.
11) Controlar el acceso a las galerías para evitar el amontonamiento y circulación excesiva. El personal de guardia que realice esta tarea deberá contar con máscaras, guantes y barbijos no quirúrgicos.
12) En los espacios comunes se deberá limpiar los pisos al momento de la apertura y cierre de la galería. Luego de la apertura de la galería, deberá realizarse una limpieza cada dos (2)horas siguiendo las normas de limpieza expresadas en protocolos ya publicados.
13) En caso de que el cliente quiera medirse una prenda se deberá rociar la misma con alcohol diluido, antes y después de probársela.
14) Se deberá informar al público, el presente protocolo en los accesos a los locales comerciales y a las galerías.
15) Los sectores de circulación y los baños de uso exclusivo de los comerciantes del consorcio, tendrán una limpieza total con agua y lavandina, cada 30 minutos.
4.ACLARACIONES FINALES: El COE Central se reserva la potestad de declarar en cualquier momento un “área roja focal”, establecer cordones sanitarios y tomar las decisiones necesarias para contener situaciones epidemiológicas puntuales que pudieran surgir. Como así también modificar las flexibilizaciones otorgadas en el presente protocolo si la situación epidemiológica lo amerita.
Fdo. Juan Francisco Ledesma. Coordinador del Centro de Operaciones de Emergencias. Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba.
Fuente: COE CÓRDOBA.