El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía condenó a una mujer por homicidio calificado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación, por cortar con un cuchillo el cordón umbilical de su hija recién nacida en un parto domiciliario y no anudarlo.
Después del deceso de la infante, la madre introdujo el cuerpo en una bolsa de nylon negra y lo enterró en su patio.
El sentenciante dio por probado que la encausada le dio muerte a la beba “mediante conductas omisivas configuradas por la falta de prestación de los cuidados necesarios” para evitar el shock hipovolémico por hemorragia que sufrió, estimando que tuvo la concreta posibilidad de hacerlo pues luego de recuperarse del desvanecimiento y recobrar la conciencia, le solicitó a su hija un cuchillo, se cortó el cordón y le pidió que se lo atara con un hilo para no morir desangrada, “resultando inexplicable que no haya obrado de la misma manera con la recién nacida”.
En tanto, determinó que las circunstancias extraordinarias de atenuación se configuraron porque se probó la “dura historia de vida” de la encartada, en la cual el denominador común fue el abandono a su suerte por parte de sus exparejas.
El tribunal reseñó que la mujer, madre de cuatro hijos de padres ausentes fue sorprendida por un nuevo embarazo y debió trabajar durante largas y agotadoras jornadas para el sustento familiar, estimando que la inminencia del parto, el alumbramiento sin asistencia, los dolores, el cansancio extremo y el temor por su estabilidad laboral limitaron su capacidad de razonamiento y la llevaron a obrar de la manera que lo hizo.
“No cabe tener por acreditado el estado de necesidad exculpante pues no ha surgido de la causa que la imputada se haya visto frente a una situación extrema que le anulara su autodeterminación al punto de tener que optar entre la propia vida y la de la recién nacida, no existiendo impedimento objetivo ni situación extrema alguna para no obrar de la misma manera con el cordón umbilical de su bebé”, aclaró.