La empresa de telefonía pretendía que no se aplicaran las normas procesales civiles en la instancia de apelación de una sanción impuesta por la Dirección de Defensa al Consumidor de la Provincia
Un tribunal no debe actuar de oficio en las causas tramitadas ante la justicia civil, en las que la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial actúe como ejecutor de las multas por violación a las normas de defensa al consumidor. Así lo entendió la Cámara Civil y Comercial de Sexta Nominación de Córdoba, que consideró perimida la apelación presentada por la empresa Arnet Telecom Argentina SA.
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