El tribunal dio por acreditados, con base en la prueba rendida, los requisitos necesarios para hacer lugar a la acción revocatoria de la enajenación que perjudicaba a una constructora
La Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba revocó la venta de un bien inmueble realizada por un demandado a su primo, debido a que se realizó a los fines de generar su insolvencia y perjudicar al accionante.
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