La magistrada aplicó las nuevas normas del Código Civil y Comercial sobre el patrimonio cuando los ex esposos ya no tienen intereses de vida comunes
Al quedar acreditada la existencia de un patrimonio posdivorcio, sobre cuyo destino los ex cónyuges no se ponen de acuerdo, el Juzgado de Familia de 6ª Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar a la cautelar solicitada sobre la ex esposa admitiendo el pedido de designación de administrador del patrimonio indiviso.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.