Las empresas que realicen donaciones a la Asociación Civil “Un Techo para la Argentina” quedarán exentas de tributar parte del impuesto a las Ganancias que habitualmente pagan al fisco, según resolvió la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.
En un fallo que se conoció ayer, los camaristas Ignacio María Vélez Funes, Luis Martínez y Roque Ramón Rebak entendieron que la negativa de la AFIP a reconocer la exención tributaria a las empresas que contribuyan con esta ONG constituye “un rigorismo formal que atenta contra el espíritu mismo del precepto que prevé el beneficio, puesto que las labores, objeto y actividades desarrolladas en el país por la entidad encuentran su correlato en los principios, límites y parámetros tenidos en cuenta por el legislador al conceder la dispensa en la tributación”.
Así, los jueces advirtieron que “Un Techo para Argentina” no sólo se limita a la construcción de viviendas, sino que incluye programas de educación , salud, asistencia jurídica, fomentos económicos e intervención social .
En definitiva, si la actividad desempeñada por “Un Techo para Argentina –Asociación Civil” cumple con el objeto social-estatutario y trae aparejados los múltiples beneficios al bien común que su obra conlleva, siendo equiparables éstos con los perseguidos por la ley, ajustándose los procedimientos con los fines procurados –tales protección y cuidado integral de la infancia, vejez, minusvalía y discapacidad-, no existe razón para denegar el beneficio requerido a las empresas aportantes/donantes”, remarcaron los magistrados.
Con esta resolución, la Cámara Federal rechazó el recurso de apelación deducido por la AFIP y confirmó la sentencia dictada en 2009 por el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba.