Puede generar un equilibrio en la representación de géneros, en vez de una participación femenina mínima en las candidaturas a cargos políticos
Por Carolina Tchintian (*) y Lautaro Cella (**)
Este año se renueva la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. Así sucede cada dos años desde hace más de 20, pero esta elección es diferente: será la primera bajo la nueva Ley de Paridad. El Congreso tiene la oportunidad de diferenciarse de otros cuerpos legislativos en lo que refiere a representación de la mujer. Que esto suceda dependerá, en parte, del compromiso de los partidos con garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a la hora de proponer las candidaturas.
La subrepresentación política de las mujeres es un fenómeno global.
En Argentina, luego de más de 25 años desde la aprobación de la Ley de Cupo Femenino y de los resultados positivos alcanzados en los primeros años de su implementación, las mujeres siguen subrepresentadas. En la Cámara de Diputados, ellas ocupan 39% de las bancas, y en el Senado 42%. Este año, de los 130 diputados y 24 senadores que renuevan sus bancas, 39% y 42% -respectivamente- son mujeres.
El sesgo es mayor en posiciones de autoridad y hay una concentración de mujeres en las comisiones que tratan temas de educación, protección social o salud pública.
La subrepresentación se acentúa en las provincias, donde las legisladoras ocupan, en promedio, 33% de los cargos en las cámaras de diputados y 24 % en las de senadores. En Catamarca, por ejemplo, no hay ninguna senadora, y en Santa Fe, sólo una.
La Ley de Paridad puede generar un equilibrio en la representación de géneros, en vez de una participación mínima de mujeres en las candidaturas a cargos políticos, como planteaba la Ley de Cupos. La implementación traza diferentes escenarios según el grado de compromiso de los partidos con el principio de paridad, cuyo extremo más negativo es el incumplimiento de las condiciones que establece la ley en el armado de las listas. El Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), en un estudio en la provincia de Buenos Aires, pudo comprobar que cuando los partidos avanzan en un cumplimiento mínimo, es decir, cuando las mujeres no encabezan listas, el impacto de la paridad sobre la elección de mujeres es menor. La Ley de Paridad exige incluir en las listas 50% de personas de cada género en forma alternada y secuencial por binomios (varón-mujer o mujer-varón). Si los primeros lugares están sistemáticamente ocupados por hombres y se eligen pocos cargos, resultan electas menos mujeres por no ocupar posiciones expectantes. Y cuando una mayor cantidad de partidos obtiene un porcentaje importante de votos y los cargos se distribuyen entre más agrupaciones, se vuelve menos probable que las mujeres que ocupan los peores lugares resulten elegidas.
En las elecciones de 2017, las listas fueron mayoritariamente encabezadas por hombres. En el ámbito nacional, las candidatas encabezaron 28% de las listas para diputados y 16% para senadores. Del total de listas presentadas en todos los distritos para diputado provincial, sólo dos de cada diez listas fueron encabezadas por una mujer.
Así como la Nación, este año estrenan Ley de Paridad las legislaturas de las provincias de Catamarca, Santa Cruz, Mendoza, Misiones y Chaco, y la ciudad de Buenos Aires, sumando un total de 13 jurisdicciones que adhieren al principio de igualdad entre hombres y mujeres en la representación política. La paridad para cargos legislativos se presenta como una oportunidad para avanzar hacia una democracia más representativa y un sistema político más justo.
(*) Directora del Programa de Instituciones Políticas del Cippec.
(**) Analista del Programa de Instituciones Políticas del Cippec.