Corresponden a multas desde septiembre de 2008 a febrero pasado. Suman más de 160 millones de pesos. En días, parten otras 40 mil más de marzo último. El emplazamiento otorga 15 días para pagar, previo paso a gestión judicial
La Dirección de Rentas, mediante empresa Kolektor y por cuenta y orden de la Policía Caminera, comenzó a enviar un total de 460 mil intimaciones a infractores con multas impagas desde septiembre de 2008, fecha en que se inició el cobro efectivo de las faltas de tránsito en el ámbito de la jurisdicción provincial. Los emplazamientos suman un valor total superior a 160 millones de pesos.
Tal como lo anticipó Comercio y Justicia, la Provincia resolvió iniciar el proceso de cobro compulsivo de las multas tras casi dos años de puesto en vigencia el nuevo esquema de infracciones y sanciones de tránsito.
No obstante, a aquella primera tanda de 150 mil intimaciones que este medio había adelantado, ahora se suman otras 360 mil notificaciones nuevas.
“La primera etapa incluyó infracciones desde septiembre de 2008 a septiembre de 2009. En esta segunda etapa se suman otras 360 mil correspondientes al período septiembre del año pasado-febrero de 2010”, explicó una fuente al tanto del mecanismo de cobro.
El monto promedio por multa reclamada se ubica en 350 pesos.
Los emplazamientos, que ya comenzaron a girarse hace 10 días, otorgan al infractor un plazo de 15 días para cancelar la obligación, caso contrario la Provincia pasará el expediente a gestión judicial.
El trámite de reclamo administrativo fue encomendado a la empresa Kolektor, adjudicataria hasta 2014 del proceso de colaboración en la gestión de percepción de tributos y tasas y de deudas a cargo de la Dirección de Rentas.
La intención de la Provincia es “ponerse al día” respecto a las acreencias acumuladas en concepto de multas impagas desde la puesta en marcha del sistema de sanciones, en septiembre de 2008.
Desde entonces, la Caminera labró 1,2 millones de actas. De este total, poco más de 300 mil fueron canceladas, mientras que el resto o bien fue recurrida mediante la interposición de un descargo -muchas veces adverso al infractor- o directamente no fueron pagadas luego del plazo de vencimiento.
La posibilidad de salir a recuperar deudas de manera masiva quedó allanada días atrás luego de que la Dirección de Jurisdicción de Prevención de Accidentes de Tránsito emitió una resolución con definiciones puntuales respecto a la actualización de los montos a percibir desde que se labró el acta de infracción.
Según esa normativa, firmada el 17 de mayo y publicada en el Boletín Oficial el 27 de mayo último, quienes hayan interpuesto descargo, sin éxito, pagarán conforme el valor de la Unidad Fija (valor del litro de nafta premium en el Automóvil Club Argentino de Córdoba) al momento de disponer el juez de Faltas la resolución respectiva.
En la práctica implica que el valor de la multa, si bien no será idéntico al monto correspondiente al momento de la infracción, será parecido por haberse dictado la resolución poco tiempo después.
En tanto, quienes no hayan pagado ni interpuesto descargo pagarán el valor de la Unidad Fija al momento en que el juez de Faltas dictó la resolución de declaración de rebeldía, esto es con un valor mucho más actualizado que en el caso anterior, según explicaron fuentes oficiales.