El tribunal comprobó que el decreto, cuestionado, dictado por la Municipalidad de Unquillo, no tuvo sino fines generales e institucionales y no una persecución gremial, como argumentaba la accionante
Dado que el decreto que redujo los haberes a una delegada gremial de la Municipalidad de Unquillo fue un acto administrativo llevado a cabo dentro del ámbito público, que en forma genérica también afectó a gran número de trabajadores comunales, sin que con ello el municipio tuviera intención de afectar las garantías sindicales, la Sala 7ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba desestimó el pedido de reinstalación de las condiciones laborales formulada por la sindicalista.
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Excelente decisión, muy importante la parte de que no se trata de un privilegio absoluto.
Ahora bien, sería interesante que los sres jueces aplicaran esa lógica a la hora de analizar su autoexclusión del impuesto a las ganancias. La garantía constitucional para los jueces no debería ser algo absoluto, sino solo para preservar su actuación de forma independiente, no para eludir o evadir un impuesto directo que grava a todos los ciudadanos, ….y el principio de igualdad….?