La jueza consideró acreditados los requisitos necesarios para que prospere este resarcimiento, que busca la protección laboral de la mujer durante la gestión
Después de considerar injustificado el despido de la exvendedora, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba condenó a la demandada a abonar las indemnizaciones respectivas, sumado al agravamiento resarcitorio establecido en el artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), al haber sido desvinculada la accionante sin causa durante su estado de embarazo, hecho que era conocido por la demandada. En el fallo se aclaró, además, que la última indemnización abarcaba tanto el daño emergente como el moral. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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