La cuestionable postura del periodista Ernesto Tenembaum sobre el tema generó un escándalo. El Código Penal castiga la producción y distribución y sólo criminaliza la posesión si se constata que tiene fines de comercialización. Tiene media sanción un proyecto de ley para corregir la situación
Por Pilar Viqueira – [email protected]
A fines del 2015, en Estados Unidos, la policía de Los Ángeles detuvo al actor de la serie Glee, Mark Salling, bajo el cargo de posesión de pornografía infantil. A raíz de una denuncia presentada por una ex novia, la casa del joven fue allanada y los efectivos encontraron en sus computadoras 25 mil imágenes y 600 videos de niños explotados sexualmente.
Horas después de ser arrestado salió en libertad bajo fianza y en mayo de 2016 fue procesado. También quedó registrado como delincuente sexual.
Hace dos semanas, Salling se suicidó. Unos meses atrás, en octubre de 2017, se había declarado culpable del delito y estaba a la espera del juicio, en el cual podría haber sido condenado a una pena de entre cuatro y siete años de prisión y hasta 20 años de libertad vigilada.
Redes sociales
Tras conocerse la noticia del fallecimiento del actor, en las redes sociales comenzó a circular un audio en el cual el periodista Ernesto Tenembaum ensaya una defensa de la tenencia de material pornográfico de niños.
El archivo es de enero de 2016. Se trata de un debate entre los panelistas del ciclo ¿Y ahora quién podrá ayudarnos?, que transmite Radio con Vos, que se suscitó días después del arresto de Salling.
En esa oportunidad, Tenembaun se preguntó: “¿Cuál es el problema de tener pornografía infantil?”. Además, sostuvo: “Me parece una fantasía espantosa, pero no sé cuál es el delito”. Sus compañeros lo cuestionaron, pero insistió: “Es una fantasía, no es que el pibe se violó un pendejo”, dijo.
Gustavo Grabia le explicó que consumir esa clase de material favorece a la industria criminal que lo genera.
Ahora, el periodista es blanco de críticas feroces por su cuestionable punto de vista. Si bien hace años que los expertos coinciden al señalar que tipificar la posesión creará una herramienta vital para luchar contra la explotación sexual de infantes, un argumento que, entre otros, Tenembaum debería considerar al opinar por su profesión, lo cierto es que el artículo 128 del Código Penal (CP) castiga únicamente la producción y distribución de imágenes y sólo criminaliza la tenencia si se constata que tiene fines inequívocos de comercialización.
Este año, la situación podría corregirse, ya que el 30 de noviembre de 2017 el Senado le dio media sanción a un proyecto de ley para penar la tenencia. La propuesta se basa en el Protocolo Facultativo de la Convención de Derechos del Niño y en el Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, considerado un avance en la protección de los derechos de los menores en la era digital y en la lucha contra los ciberdelitos.
Asimismo, es coherente con los pactos internacionales firmados por Argentina; en particular, la Convención de los Derechos del Niño, y toma lineamientos de otras legislaciones, como las de España, México y Uruguay.
Mientras se discutía la iniciativa, Julio Cobos, uno de los autores del texto, expuso que la tenencia de pornografía infantil perjudica a terceros, con el agravante de que son infantes. “Los derechos del niño deben primar por sobre las libertades individuales”, expuso el legislador radical.
Cualquier finalidad
La iniciativa criminaliza la posesión cualquiera sea su finalidad. Además, propone que no exista la posibilidad de acceder a un trámite abreviado y que no sea excarcelable, ya que establece un mínimo de tres años de prisión, con un máximo de seis.
En octubre del año pasado, durante una una audiencia previa al debate en la Cámara Alta, los especialistas reclamaron cambios en la persecución.
Emiliano Zárate, auxiliar de la División Análisis de Inteligencia Informática de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), detalló que el círculo de consumidores de pornografía infantil funciona mediante “cooperación activa”. Así, precisó que para acceder a nuevas imágenes deben entregar “material nuevo”, lo que los lleva a producirlo.
En tanto, José Pons, integrante de la División de Ciberdelitos contra la Infancia y Adolescencia de la Policía Metropolitana, reclamó mayor rigurosidad en el CP “para que los pedófilos no digan que ellos no produjeron las imágenes y salgan libres”. Daniela Dupuy, titular de la Fiscalía 12 de Delitos Informáticos porteña, destacó que a nivel internacional no se discute ya si la tenencia es delito o no. “Necesitamos que haya una ley ya”, planteó.
La indemnización a las víctimas, cancelada
– Después de la muerte del actor, el juicio que iba a celebrarse en su contra el próximo mes de marzo, perdió sentido, al no poder el Ministrrio Público, proceder con el caso.
– En los juicios anteriores, el actor llegó a un acuerdo con la fiscalía, y aceptó una pena de cárcel de entre cuatro y siete años e indemnizar a las víctimas con 60.000 dólares a cada una. Finalmente esto no sucederá.
– A los demandantes solo les queda recurrir por vía civil para conseguir la reparación acordada.