La Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba validó la resolución del juez de primera instancia, en el sentido de declarar inhábil el título ejecutivo con el que se pretendía percibir el monto de la infracción. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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