La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Catamarca confirmó la legitimidad de la cesantía de un empleado público que fue aprehendido cuando intentaba sustraer mercadería de un comercio.
“Debe rechazarse la demanda contencioso-administrativa deducida a fin de que se deje sin efecto la cesantía del actor, pues su intento de sustraer mercadería de un comercio, según fuera probado, constituye un incumplimiento de los deberes a su cargo que sobrepasa el ámbito reservado a su vida privada, ya que se trata de una actuación pública, con participación policial en el hecho, que involucra a la institución para la que trabaja e impacta en la comunidad toda”, enfatizó la Máxima Instancia catamarqueña.
Además, valoró que la medida guardó proporcionalidad con el comportamiento y aclaró que en el caso no era procedente hacer una valoración de la escasa significación económica del elemento que el agente intentó sustraer, ya que el bien que se tutela con la sanción no es la propiedad sino el incumplimiento de una conducta decorosa que es de observancia obligatoria para todo empleado de la Administración de Justicia dentro y fuera de su lugar de trabajo, en garantía de la seguridad y tranquilidad pública.
“Si bien en la causa penal se ha dictado el sobreseimiento del imputado, del dictamen del Ministerio Fiscal que el juez de garantía hace propio no surge que el hecho sea inexistente o que no haya sido cometido por el imputado, sino que el sobreseimiento obedeció al principio de insignificancia, ya que la conducta atribuida no importó una afectación penalmente relevante del bien jurídico propiedad”, precisó el Alto Cuerpo, indicando que aquella decisión no tenia peso a la hora de evaluar la gravedad del accionar del cesanteado.