jueves 28, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Rentas: plan de pagos de emergencia ofrece recuperar el 30% de descuento

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Lanzó un régimen para “ponerse al día” con los tributos adeudados y así poder mantener el beneficio vigente desde 1999. Desde el año en curso, una deuda en cualquier impuesto desactiva la reducción porcentual en el resto de las obligaciones, aun estando regularizadas.

La Dirección de Rentas de Córdoba lanzó un plan de facilidades de pago para deudores de todos los tributos con el objeto de que regularicen su situación con el Fisco y de esta forma puedan acceder al descuento del 30 por ciento por contribuyente cumplidor.
El régimen fue oficializado por el organismo recaudador provincial días antes de que opere el primer vencimiento del impuesto Inmobiliario Urbano, el 10 de febrero, cuando vencerá el pago de su cuota única o su primera cuota.
Según la nueva estrategia del organismo, los contribuyentes que no se encuentren al día en alguna de sus obligaciones fiscales con la Provincia perderán el descuento de 30 por ciento vigente, por más que en el resto de los tributos tengan su situación regularizada.
El dato no es menor. Es que un atraso en el impuesto Automotor, o bien en el que grava las embarcaciones o incluso en Ingresos Brutos (IIBB), motivará que el contribuyente pierda el descuento de 30 por ciento en el Inmobiliario el próximo 10 de febrero, por más que se encuentre al día en aquellos tributos.

La situación involucra a miles de contribuyentes, según admitió oportunamente el ministro de Finanzas, Osvaldo Giordano.
La idea, mediante el plan lanzado por el organismo, es precisamente que aquellos que tengan algún atraso en un objeto a su nombre no pierdan el descuento en el resto.
De todas formas, la dinámica implementada permite recuperar el beneficio una vez que el deudor regulariza su situación, previo al vencimiento de cada uno de los tributos.
Según se informó, el nuevo plan permite financiar la deuda desde la página web de Rentas. La modalidad de pago es vía débito automático en una cuenta bancaria.
La primera cuota se puede abonar online con todos los medios electrónicos habilitados, o en efectivo con el cedulón que se obtiene en la web.
Caso contrario, se puede solicitar en las oficinas de atención de la Dirección de Rentas.

En tanto, desde la segunda cuota en adelante los montos adeudados se debitarán automáticamente desde la cuenta bancaria del CBU informado al momento de solicitar el plan de pago.
La Provincia informó que se pueden financiar todas las obligaciones vencidas de Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones e IIBB. Si bien se aclaró que este último no es un tributo patrimonial, es condición necesaria estar al día para acceder al beneficio en los otros gravámenes.
Los planes que puso disponibles la repartición incluyen desde 12 hasta 48 cuotas, según el monto de la deuda.
Una vez comenzado el plan, el sistema se actualiza automáticamente y el contribuyente recupera el 30 por ciento de descuento para los impuestos correspondientes a 2018.
Quienes quieran acceder al régimen deben hacerlo antes de la respectiva fecha de vencimiento.

En el caso del Inmobiliario Urbano, el plazo de vencimiento es el 10 de febrero, en tanto que para el Rural el límite es el 20 del mismo mes.
Finalmente, para los impuestos Automotor y Embarcaciones, el primer vencimiento operará el 10 de marzo próximo.

Plan de pagos municipal
En tanto, sigue abierto hasta fin de mes el plan de pagos dispuesto por la Municipalidad de Córdoba para deudas en gestión judicial y extrajudicial de todos los tributos, incluidas multas radicadas en el Tribunal de Faltas.
Según se informó, con el plan se busca recuperar acreencias por unos 600 millones de pesos.
Se trata de obligaciones “de cualquier naturaleza de cada uno de los gravámenes (…) que se encuentren en gestión judicial o extrajudicial, radicadas en la Dirección General de Procuración Fiscal”.
El plan estará vigente hasta el 31 de enero próximo e incluye hasta 24 cuotas.
De acuerdo con el decreto firmado por el intendente Ramón Mestre, para el caso del pago en una cuota el pasivo se puede cancelar vía web, sin anticipo y sin intereses de financiación, aunque con 1% de intereses por mora, esto es con una quita por ese concepto de 66 por ciento.

En tanto, para el pago entre dos y 11 cuotas, hay que integrar un anticipo de 10 por ciento de la deuda y la posibilidad se activa mediante presentación del CBU bancario, ya que que la adhesión es por débito automático en una cuenta en banco.
El interés por mora es de dos por ciento, al igual que el costo del financiamiento.
Paralelamente, para el caso de quienes opten por entre 12 y 24 cuotas, el anticipo es de 10 por ciento del pasivo, y no hay quita ni de intereses resarcitorios ni por financiamiento, esto es de tres por ciento en ambos casos.
La cuota mínima no puede ser inferior a 300 pesos. Dentro de la deuda se incluirán los honorarios judiciales en la misma modalidad del plan de pagos elegido.
En el caso de deudas en ejecución de sentencia con martillero judicial designado o bien autorizada la subasta, las deudas pueden cancelarse con un anticipo de 50 por ciento y el saldo en hasta cinco cuotas mensuales.

Por lo demás, el organismo fiscal puede exigir eventualmente la constitución de una o más garantías. Ante la falta de pago de dos o más cuotas vencidas, el municipio procederá al bloqueo del plan de pago y proseguirá con las acciones judiciales previamente iniciadas.
El organismo fiscal puede eventualmente modificar las condiciones del régimen cuando la situación lo considere, según consta en el artículo 19 del decreto.
La intención de la comuna es lograr la regularización de un stock de deuda en gestión judicial y extrajudicial que se encuentra en plena etapa de depuración, según indicó oportunamente a Comercio y Justicia la subsecretaria de Ingresos Públicos, Mónica Ferla.
Más allá de ese plan, sigue vigente el régimen permanente que incluye la posibilidad de cancelar deuda corriente en cuotas aunque sin quita ni de intereses resarcitorios ni por financiación.

Vencimientos de la comuna
Por lo demás, las tasas comunales correspondientes a Inmobiliario y Automotores también tendrán vencimientos en los próximos días.
Para el caso de Inmuebles, la primera cuota o cuota única vence el 14 de febrero. En tanto, en caso de pagar media cuota, la segunda vencerá en agosto.
Mientras tanto, para Automotores, la primera cuota o cuota única deberá pagarse el 15 de febrero próximo.
Al igual que la Provincia, también la comuna tiene un mecanismo de descuento por contribuyente cumplidor y además por el pago de la cuota única.

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