El Tribunal Superior de Justicia cordobés concluyó que la valoración de la prueba realizada por el juez a quo era una cuestión ajena a la vía extraordinaria planteada por el recurso de casación El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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