La Cámara Multifuero de Primera Nominación de Río Cuarto sostuvo que la accionante no podía pedir su reinstalación, ya que el acto por el cual fue nombrada personal permanente era nulo, al no haber mediado un concurso. Sin embargo, el fallo le reconoció que debe ser reparada por el tiempo que estuvo bajo sucesivos contratos de trabajo El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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