En el caso se aplicó el precepto de in dubio pro trabajador, porque si bien la relación se desarrolló cuando existía la imposibilidad de aplicar la LCT, el magistrado valoró el principio titular del artículo 9 de ese cuerpo normativo El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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