Pretenden reformar el sistema de apelaciones y regular la figura del Hábeas Corpus y que con dos resoluciones confirmatorias ya quede firme la prisión preventiva de un acusado
El titular de la cartera de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Gustavo Ferrari, enviará a la Legislatura un proyecto de ley para reformar el sistema de apelaciones en la Provincia de Buenos Aires para que la decisión de enviar a una persona a prisión quede firme con dos resoluciones confirmatorias.
El ministro expresó: “Queremos corregir un evidente abuso en las posibilidades de revisión en la resolución de situaciones judiciales”, ya que ahora “para que una prisión quede firme puede haber cinco instancias en la Provincia, que incluso con el exceso actual del Régimen de Hábeas Corpus pueden llegar a ser ocho”. “En nuestro proyecto exigiremos sólo dos resoluciones confirmatorias, tal como lo exigen los tratados internacionales, asegurando la doble instancia, pero sin continuar con un sistema que dilata y genera injusticias”, declaró Ferrari y agregó: “Se trata de un proyecto donde se cambia el sistema de apelaciones en la provincia de Buenos Aires, con el que aspiramos a que, cuando hay una determinación doblemente confirmada, esta persona quede detenida”.
La medida impulsada por la gobernadora Vidal elimina respecto de los fiscales y de las víctimas el límite objetivo establecido para recurrir condenas en función del monto de pena impuesta y al mismo tiempo busca reformar el régimen de competencia correspondiente al Hábeas Corpus, ordenando las condiciones de ejercicio de este instituto.
Regulación del Hábeas Corpus
En ese marco, el funcionario resaltó que “el régimen actual del Hábeas Corpus es anárquico, está totalmente desmadrado en la Provincia, y esto tiene una decisiva incidencia en la situación de colapso en que se encuentra el Poder Judicial de la Provincia”. “Ocho instancias son un absoluto exceso y esto permite aumentar la discrecionalidad de los jueces, que en muchos casos, a veces por creatividad y en otros por ceñirse estrictamente a una interpretación garantista de la ley, determinan libertades permanentemente”.
El proyecto propone la modificación del artículo 164 del Código Procesal Penal para que la prisión preventiva o su cese sólo puedan ser impugnables mediante recurso de apelación.
De esa manera, se reduce la competencia del Tribunal de Casación Penal, limitando su intervención a la revisión de las sentencias definitivas, la que se llevará a cabo a través del recurso de casación, pero manteniendo su intervención como garantía para las víctimas cuando la Cámara resuelve sobreseer por extinción de la acción y de la pena.