lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El Gobierno vetó la ley que establecía el salario mínimo profesional

HÉCTOR RECALDE
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El Presidente devolvió al Congreso para que sea rectificada o ratificada una
iniciativa que apuntaba a introducir ese concepto en la Ley de Contrato de Trabajo

El presidente Mauricio Macri vetó una ley del Congreso que restablecía la institución del salario mínimo profesional, aplicable a todos los salarios fijados por convención colectiva o laudo arbitral para cada categoría profesional de la actividad, según publicó ayer el Boletín Oficial.
Se trata de un proyecto impulsado por el ex diputado y actual senador nacional del Frente para la Victoria-Partido Justicialista (FPV-PJ) por Chubut, Mario País, aprobado en 2015 por la Cámara de Diputados con la anterior composición de ésta, al que el Senado dio sanción definitiva el pasado 23 de noviembre por unanimidad.
La iniciativa había recibido dictamen de la Comisión de Trabajo de esa cámara, que preside Daniel Lovera (PJ-La Pampa), el 1 de noviembre pasado con las firmas de legisladores de todos los bloques como Alfredo Martínez (UCR-Santa Cruz), Inés Blas (FPV-Catamarca), Juan País (FPV-Chubut) y de la presidente del bloque de senadores del PRO, la cordobesa  Laura Rodríguez Machado, entre otros.

El proyecto buscaba reintroducir en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) el concepto de salario mínimo profesional, que fue suprimido por la reforma introducida por la última dictadura cívico-militar, en 1976, siguiendo la misma técnica legislativa que originariamente fue establecida en los artículos 131 y 132 del texto original.
De acuerdo con los fundamentos de la iniciativa, el objetivo del proyecto era precisar que el salario mínimo profesional regirá “para todos los trabajadores por categoría profesional de la actividad o empresa que corresponda” y tendrá vigencia al concertarse la convención colectiva de trabajo.
Este salario profesional podría asimilarse, según el proyecto, en su escala al salario básico, ya que para fijar su monto deben tomarse en cuenta diversas circunstancias, como la capacidad técnica del trabajador, la naturaleza y riesgo del trabajo, y la situación económica de una rama de la producción o de la empresa.
Según el decreto 1283, que lleva la firma del presidente Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Trabajo, Jorge Triaca, “por su rigidez y antigüedad conceptual (la norma vetada) resulta contraria al modelo racional y moderno de regulación laboral que se busca promover en la actualidad, basado en la creación y protección del empleo pero alejado de toda esclerosis legal que impida el desenvolvimiento de nuevas y creativas formas de organización del trabajo, que pueden ser acordadas en el plano colectivo, con pleno respeto del orden público laboral”.

Repercusiones
Al conocerse el veto, País, integrante de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, anticipó que buscará en el seno de dicha comisión el rechazo al veto del Poder Ejecutivo Nacional y recordó que el concepto de salario mínimo profesional fue “suprimido de la LCT por la reforma introducida por la última dictadura cívico-militar”.
“La desaparición de este término en la LCT tuvo como objetivo achatar el salario en la negociación colectiva, por lo que con su restablecimiento se busca asegurar la congruencia entre lo establecido por nuestra Constitución, propiciando equidad y justicia social, en un contexto de respeto a la dignidad del trabajador”, señaló País.
Por su parte, el jefe del bloque de Diputados del FpV-PJ, Héctor Recalde, también cuestionó el veto. Subrayó que se trata de una “ley favorable a los trabajadores” y que su anulación “constituye un paso más del Gobierno en su intención de imponer la flexibilización laboral de los 90”.
Y enfatizó Recalde: “El Congreso de la Nación restableció en la LCT el salario mínimo profesional y el presidente Macri lo abortó”.

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