lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ministerio Público: “No debería sancionarse porque el proyecto ha nacido espurio”

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Para Francisco Junyent Bas, el Gobierno nacional debería tener “un gesto de honestidad y republicanismo y retirar la iniciativa para luego repensarla”. El dictamen que se busca aprobar vulnera la independencia de un órgano que es extrapoder, asegura el fiscal de las cámaras civiles y comerciales de Córdoba, quien también critica el plazo que pretende imponerse al cargo del procurador

Por Silvina Bazterrechea – [email protected]

El Gobierno nacional atravesó la semana pasada días complicados en el Congreso. El proyecto de la tan mentada reforma del Ministerio Público Fiscal (MPF) naufragó en Diputados luego de que la propia aliada del Gobierno, Elisa Carrió, lo tachó de inconstitucional y las diferentes asociaciones civiles y organizaciones del Poder Judicial se unieron para manifestarse en contra de la iniciativa tal cual había ingresado a la Cámara Baja.
Las facultades que pretenden otorgarse a la Comisión Bicameral de Seguimiento y Control afectarán la independencia del MPF, alertan los especialistas, y el plazo de cinco años para el cargo del procurador sigue siendo motivo de debate, al igual que la posibilidad de aplicarlo retroactivamente para destituir a Alejandra Gils Carbó.
En Córdoba, el vocal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Sebastián López Peña se mostró a favor de limitar temporalmente el cargo del procurador, aunque sin especificar plazos.
Sin embargo, en la Justicia cordobesa también las opiniones están divididas. Una postura mucha más crítica es la que asumió el fiscal de Cámaras Civiles y Comerciales Francisco Junyent Bas, en diálogo con Comercio y Justicia. Para el fiscal, la pretendida reforma no respeta el texto de la Constitución y pretender que se aplique retroactivamente para destituir a Gils Carbó es una decisión “antirrepublicana”. Las definiciones del jurista son claras en este sentido: el MPF es un órgano extrapoder cuya independencia no debe verse avasallada por ningún gobierno de turno.

– ¿Qué balance hace de este proyecto de ley que pretende aprobarse en el Congreso?
No cabe duda de que esta reforma que se quiere aprobar no respeta el texto de la Constitución Nacional, fundamentalmente el artículo 120, que dispone que el MPF es un órgano extrapoder y, por lo tanto, tiene las mismas prerrogativas de los miembros del Poder Judicial. Debe tenerse presente que el Ministerio Público es el que ejerce en nombre de la sociedad la acción pública, sea en materia penal, ambiental o defensa del consumidor. Escuché por allí que se dice que el Ministerio Público es el que fija políticas públicas, pero esto no es así. El que fija políticas, no en el sentido partidario sino en el auténtico sentido republicano e institucional, es el Poder Judicial. El Ministerio Público lo que fija son las políticas de persecución penal, de defensa del consumidor, etcétera. Contrariamente a lo que dice el Gobierno, el Ministerio Público tiene que tener más fuerza, más allá de cuestiones de nombres. Por otra parte, hay que decir que el debido proceso se sustenta en tres ejes: el MPF, los jueces que resuelven y los defensores, a nadie se le ha ocurrido ponerle plazo a los defensores, cuyos cargos son vitalicios. ¿Por qué? Porque el debido proceso, constitucionalizado en el artículo 18 de la Carta Magna, requiere de la independencia por la forma indirecta de la designación y porque son el organismo de contralor del Poder Ejecutivo, éstas son las bases de la República.

-¿Considera que el cargo procurador debe ser vitalicio, entonces?
En primer lugar hay que decir que el artículo 120 no establece plazos y, por lo tanto, quien juró con la Constitución de 1994 tiene el cargo en forma vitalicia porque no había ninguna norma que lo limitara. En nuestra provincia este debate se dio en la reforma de 1987, cuando se rearticula el MPF y en el artículo 173 se le pone un plazo de cinco años. La experiencia ha demostrado que es un error porque lo hace demasiado vulnerable a los vaivenes políticos.

-Entonces, debería ser un cargo vitalicio o pensarse en un plazo mayor?
-Es un tema opinable pero indudablemente esa periodicidad no tiene que tener relación con lo partidario, me sumo en este sentido a alguna corriente que ha opinado que la periodicidad debe ser de 10 años, si un profesor titular de la Universidad Nacional de Córdoba y de la universidad en general de todo el país tiene entre 7 y 10 años de cobertura del cargo, un procurador general de la Corte debería por lo menos tener un plazo de 10 años.

-¿Qué opina sobre las facultades que el proyecto pretende darle a la comisión bicameral?
-Es un verdadero desacierto someter al MPF al contralor de la comisión bicameral porque en definitiva todos los poderes del Estado tienen sus propios sistemas de contralor. El juicio político es el sistema de contralor que tienen los magistrados; están institucionalizadas las vías de contralor. Si lo que se pretende es brindarle independencia al Ministerio Público, no se lo puede someter a ningún seguimiento extraño que no esté establecido en la Constitución Nacional. La sociedad lo que necesita es que las instituciones funcionen y no que se las siga deformando según el sesgo ideológico de los gobiernos de turno.

¿Cree que es necesaria esta reforma?
– Yo creo que no. A nivel nacional, el MPF tiene un ley que se actualizó hace poco y se ajusta adecuadamente a las funciones que debe cumplir el Ministerio Público, esto no quiere decir que no se pueda hacer un ajuste buscando la mayor eficacia, la mejor respuesta al justiciable, siempre y cuando se respete la independencia de este organismo. Si se soslaya este aspecto se está traicionando la República que se pretende defender.

– ¿El camino hubiera sido el juicio político a Gils Carbó si era el fin último de la reforma?
– Si la reforma tenía un objetivo personalista, sin dudas estaba viciada desde el comienzo. Y posiblemente haya sido así. Si hay algo que impugnarle a la actuación de Gils Carbó el camino es el juicio político, es la vía constitucional que corresponde. Lo que pasa es que como no hay mayoría, el Congreso no cumple con sus funciones y se ponen por encima los intereses de los partidos que integran esas minorías.

– A la luz de los acontecimientos, ¿cuál será el final de este proyecto de ley?
– A mí me parece que este proyecto de ley no debería sancionarse porque ha nacido espurio. Pretende aplicarse retroactivamente a Gils Carbó, una solución absolutamente antirrepublicana e insconstitucional. Yo creo que un gesto de honestidad y republicanismo es retirar este proyecto y repensarlo.

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