lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman validez de alcoholemia realizada en una pesquisa penal

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La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el fallo que declaró improcedencia del pedido de nulidad de un informe médico, fundado en la supuesta violación del secreto profesional.
En el caso, se investiga la presunta comisión de un hecho delictivo que el imputado habría cometido alcoholizado.
Al denegar el reclamo de la defensa, el tribunal reseñó que la consulta médica se produjo en el curso de una acción delictiva que involucró al encartado como supuesto autor.
En ese sentido, precisó que el hecho tuvo aptitud para perjudicar a terceros y destacó que el artículo 19 de la Constitución Nacional no otorga inmunidad contra la interferencia estatal respecto de acciones delictivas con trascendencia a otras personas, aun cuando incluya en su desarrollo la atención de un médico.
“El secreto profesional le impone al galeno el deber de abstenerse de revelar un secreto del paciente conocido en razón de la profesión, sin justa causa, salvo en los casos que otras leyes determinen o cuando se trate de evitar un mal mayor”, recordó la Cámara.
Además, plasmó que el médico tiene la obligación de denunciar delitos de acción pública que conozca en ocasión de prestar los auxilios de su tarea, salvo que esté amparado por el secreto, siendo el conflicto que emana de la coexistencia de ambos deberes el que pone en pugna el derecho a la confidencialidad, que deriva del derecho a la intimidad, previsto en el artículo 19 de la Carta Magna, y el interés del Estado en la persecución de los delitos.
A su turno, sin éxito, la defensa sustentó el planteo de nulidad del peritaje en que, a su criterio, se fundó en los datos recabados en el marco de la atención que se le brindó a su asistido a raíz de las lesiones que sufrió en el evento.
Así, afirmó que esa información se hallaba amparada por el secreto profesional -artículo 11 de la ley 17732- y solicitó que se resguardara “la razonable expectativa de privacidad de su asistido”, la que habría sido vulnerada “a espaldas de la defensa”.
Por el contrario, el fiscal pidió la confirmación de lo decidido y alegó que en el análisis de alcoholemia que se le practicó al encartado se cumplieron las formalidades propias de toda investigación criminal.

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