El ministro de Justicia afirmó que el Máximo Tribunal ya está estudiando el planteo del Estado y aseguró que antes del receso de invierno debería decidir si lo acepta o no, para “generar certidumbre”
Luego de que la Cámara de Apelaciones de Córdoba revocó el fallo del juez Ricardo Bustos Fierro y suspendió por tres meses el aumento del gas en todo en territorio de la provincia, el ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, aseguró que sería oportuno que la Corte Suprema resuelva el tema de la validez o no de las subas “para empezar a generar certidumbre”.
El funcionario recordó que el Estado presentó semanas atrás un recurso de per saltum, para que el Máximo Tribunal se expida sobre el fondo de la cuestión, ante las sentencias contradictorias que se han dictado en todo el país.
Algunos jueces inferiores admitieron los pedidos de cautelares, otros -como en el caso de Bustos Fierro- los rechazaron y hay causas en las que las acciones de amparo prosperaron parcialmente; es decir, se avalaron los incrementos, pero con el tope de 400% para residencias y 500% para industrias que el Gobierno estableció en mayo, cuando comenzaron a darse las primeras presentaciones judiciales en la Patagonia.
“El recurso está presentado. Como Gobierno tomamos la misma posición que frente a todos los casos, que es no interferir, no criticar ni presionar. Pero sí sería bueno que la Corte resuelva el tema, al menos que decida si admite o no el per saltum solicitado”, señaló Garavano, en diálogo con Radio Uno FM 103.1.
El ministro afirmó que el Máximo Tribunal ya está estudiando el planteo del Estado y aseguró que espera que haya “una definición sobre si se lo acepta o no, que eso es lo primero, antes de la feria judicial, para generar certidumbre”.
Para Garavano, la disparidad de medidas genera una situación irregular y opinó que los decisorios “tienen deficiencias técnicas”.
Reclamo
El pasado 24 de junio, Bustos Fierro no hizo lugar a la acción de amparo colectiva intentada por más de mil vecinos de la ciudad de Córdoba.
El magistrado desestimó frenar cautelarmente los incrementos tarifarios y rechazó el reclamo tendiente a que el costo del servicio se calcule según el marco vigente al 31 de marzo, alegando que debía tenerse en cuenta “el estado deficiente de la infraestructura de todo el servicio de transporte, producción y distribución de gas”.
También resaltó que los aumentos se decidieron dentro de la órbita de “facultades privativas de carácter técnico”. El mismo día, el juez Carlos Ochoa, de Río Cuarto, tomó una decisión diferente y ordenó suspender por seis meses el nuevo cuadro tarifario resuelto por el Ministerio de Energía de la Nación.
En tanto, el viernes el juez de San Francisco, Mario Garzón, si bien no suspendió el aumento, lo limitó al tope del establecido por el Ministerio de Energía. Lo propio hizo semanas atrás el magistrado de Villa María.
La Alzada puso orden a la situación. Si bien tomó en cuenta la “compleja situación del sistema hidrocarburífero”, estimó que no podía tornar en inaccesible un servicio “imprescindible para los ciudadanos”.
“Este tribunal no desconoce que la concesión de la precautoria podría generar dificultades; sin embargo, la procedencia de la medida genera un daño menor que el que puede ocasionar a los ciudadanos la falta de acceso o corte del gas en época invernal”, expresó el tribunal.
Para justificar la extensión de los efectos de su sentencia a toda la provincia, los vocales Abel Sánchez Torres y Luis Rueda razonaron que frente a la disparidad de criterios jurisprudenciales les correspondía fijar una opinión unificadora para garantizar “el derecho a la igualdad y tutela judicial efectiva de quieres integran el mismo colectivo”.