El tribunal ratificó que la ejecución debe llevarse adelante ya que cuando la codemandada adquirió el vehículo la prenda ya estaba inscripta, más allá de la anotación marginal en el título del rodado y que la falta de notificación de la transferencia al acreedor no puede perjudicarlo. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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