El Tribunal Oral Federal Nº 1 de Córdoba hizo lugar al beneficio de libertad asistida solicitado por un interno que, “pese a presentar dificultades para acatar la normativa y problemas de convivencia”, desde su ingreso a otro complejo carcelario “logró revertir su comportamiento”.
El fallo infirió que la conducta del interno Oscar Alfredo Vega “da cuenta de sus esfuerzos por revertir y controlar sus conductas auto y heteroagresivas, en el marco de un adecuado acompañamiento institucional, por lo que no estando configurado actualmente grave riesgo de dañarse a sí mismo o a terceros, resulta procedente conceder el beneficio solicitado y, en consecuencia, incorporar al nombrado al Régimen de Libertad Asistida”.
En el caso, al interno se lo había condenado por el delito de transporte de estupefacientes, imponiéndole la pena de cuatro años de prisión. El tribunal, al denegar el beneficio invocado, infirió la existencia de riesgo grave en la conducta del interno, ya que había presentado “conductas hetero y autoagresivas y de descontrol atribuibles fundamentalmente a su problemática de poliadicción a estupefacientes”.
Ya en el segundo intento por conseguir la libertad asistida desde su ingreso al Complejo Carcelario de Cruz del Eje, según los informes requeridos por el Tribunal, Vega “logró revertir su comportamiento demostrando buena adaptación a los lineamientos institucionales, encontrándose bajo tratamiento farmacológico, habiéndose evidenciado estabilidad conductual y sostenimiento de pautas de convivencia”.