La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revocó el sobreseimiento de una persona a quien se le secuestró una planta de marihuana de más de dos metros de altura, con un peso superior a dos kilos.
Para la Alzada, se trató de un supuesto distinto al tratado por la Corte en “Arriola” -en el que aseveró que es inconstitucional castigar a un adulto por consumir si no pone en riesgo a terceros- y consideró que no cobraban virtualidad las pautas de escasa cantidad y demás circunstancias que permitirían sugerir inequívocamente que la tenencia era para uso personal.
El tribunal valoró que se estaba ante el delito del artículo 5, inciso a, de la ley 23737 -que castiga a quien siembra, cultiva plantas o guarda semillas utilizables para producir estupefacientes, así como materias primas o elementos destinados a su producción o fabricación- y estimó que la decisión de sobreseer al imputado del juez de primera instancia fue “prematura”.