viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman pena a barra de Boca por violar restricción

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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso de la defensa de Mauro Martín, por la violación de una orden que le impedía acercarse a menos de 500 metros de la Bombonera.

La sala I de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo a Mauro Martín por el delito de  “desobediencia”. El exlíder de la hinchada del club Boca Juniors violó, en diciembre de 2011, una orden de restricción que le impedía acercarse a menos de 500 metros del estadio “Alberto J. Armando”, más conocido como “La Bombonera”, cuando se realizaran “eventos deportivos”. Martín había sido condenado en octubre de 2014 por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº24, de acuerdo con lo solicitado por el fiscal de juicio Jorge López Lecube.
Según el fallo del Tribunal Oral, el 4 de diciembre de 2011 cerca de las 21, Martín desobedeció la medida que había tomado la jueza en lo Penal, Contravencional y de Faltas, Carla Cavaliere. Según los testigos y los videos de la causa, se acercó hasta el playón de estacionamiento del club cuando el partido entre Boca (que resultó campeón de dicho torneo) y Banfield estaba por terminar.

Los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola recurrieron la decisión del Tribunal Oral por considerar que el fallo era arbitrario. Según los defensores, Martín no quiso violar la orden de restricción sino que fue alertado por su mujer de supuestos incidentes que iban a comenzar dentro del estadio y que, por lo tanto, fue a comunicarle a la policía “su preocupación”.
Los jueces Ana María Figueroa, Norberto Frontini y Roberto Boico rechazaron el recurso presentado por la defensa y consideraron que el fallo valoró correctamente la prueba contra Martín. Para los jueces, se acreditó que el exlíder de la hinchada de Boca “conocía los extremos de la prohibición dispuesta” ya que acató la medida desde su dictado (en noviembre de 2011) hasta el día de los hechos. Sostuvieron que “conocía la forma en que circunstanciadamente se dispuso la orden y, aun así, decidió inobservar la prohibición”.
Cabe recordar que en el mismo juicio en el que fue condenado por desobediencia, Martín fue absuelto del delito de homicidio. En ese momento, se encontraba detenido por ese hecho desde enero de 2013, por lo que el Tribunal consideró que la pena por desobediencia ya se hallaba cumplida.

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