El nuevo presidente del Consejo de la Magistratura informó que hay 251 vacantes en el Poder Judicial nacional y federal; que “una terna está en el Senado, 17 en el Poder Ejecutivo, 27 sin trámite y 206 con trámite de concurso en el Consejo”.
El presidente del Consejo de la Magistratura, Miguel Piedecasas, se propone durante este año “por lo menos llevar a la mitad” la cantidad de cargos vacantes en la Justicia, que hoy tiene una vacancia de 24 por ciento, recuperando el promedio que tenía en 2010, cuando se ocuparon 119 vacantes. “Deberíamos bajar el estado de vacancia a la mitad. Lo ideal sería que no haya vacantes, pero es imposible. Ocho a diez por ciento de vacancia es un número adecuado para nuestra realidad, lo que daría un total de 90 a 100 vacantes”, dijo Piedecasas a Télam.
El nuevo funcionario pidió a la Comisión de Selección del Consejo de la Magistratura un informe detallado de la cantidad de vacantes y también de concursos en trámites y, con base en ese documento, concluyó que el Poder Judicial tiene hoy 251 vacantes en la Justicia nacional y federal, sobre un total de 991 cargos.
“De esas 251 vacantes, una terna está en el Senado, 17 en el Poder Ejecutivo, 27 sin trámite y 206 con trámite de concurso en el Consejo”, precisó el presidente del Consejo, basándose en el documento elaborado.
Agregó que si se hubiese mantenido la tendencia que hubo hasta 2010, la Justicia hoy estaría con un número de vacantes “bastante exiguo”.
Si bien hasta ese año la cobertura de vacantes venía funcionando con buen promedio (119 ternas elevadas), a partir de 2011 la tendencia cambió y ese año se elevaron apenas seis ternas, en tanto que en 2012 fueron 17, en 2013 sumaron 7, en 2014 fueron 15 y en 2015 unas 21.
Surge de las estadísticas que en los últimos años la aprobación de las ternas estuvo teñida de una rivalidad política que terminó paralizando el buen funcionamiento del órgano del Poder Judicial que tiene a su cargo la selección de los magistrados. En este contexto es que este año la Corte Suprema de Justicia declaró inconstiticional la ley de subrogancias con una sentencia conocida como “fallo Uriarte”, que estableció que “los jueces titulares” son los que pueden subrogar a otros jueces titulares y que sólo en el caso de una excepcionalidad se puede recurrir a secretarios o abogados.
Subrogancias
“Las subrogancias deben respetar los criterios del fallo de la Corte, es decir: jueces titulares subrogando a jueces titulares, y en casos particulares, secretarios y abogados que hayan integrado listas de conjueces aprobados por el Senado. Que la excepcionalidad no sea la regla”, consignó.
Piedecasas se mostró optimista y consideró que si se logra el necesario consenso, que en números implica los dos tercios de los votos de los presentes, “los concursos se pueden tramitar dentro del año” y se podrá cubrir por lo menos la mitad de las vacantes que hoy existen.
Por otra parte, consideró que los procesos de selección deben ser transparentes, rápidos y sin interferencias, para que no sean jueces funcionales al poder sino “los más idóneos” desde la perspectiva técnica, institucional y social, y del compromiso con la democracia, los derechos humanos y los de los más vulnerables.