sábado 23, noviembre 2024
sábado 23, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

La prioridad de paso no se cede por cruzar una avenida

ESCUCHAR

Al confirmar la admisión de una demanda, la Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba -por mayoría- determinó que la prioridad de paso de quien se conduce por la derecha no se pierde por el hecho de conducirse por una calle de menor jerarquía y se intente cruzar una avenida. El fallo dijo que “en nuestro ordenamiento local, no hay previsión expresa en el sentido de que la prioridad de paso del de la derecha cede en caso de avenidas, por lo tanto la regla no se modifica”.

En el caso, se atribuyó al conductor de la ambulancia del Ministerio de Salud de la Provincia la culpa por embestir el vehículo del accionante cuando éste se conducía por una arteria secundaria y pretendió cruzar una avenida.

La Provincia apeló, pero la Cámara, con mayoría de Silvia Palacio Caeiro y Alberto Zarza, ratificó lo resuelto. El pronunciamiento enfatizó que, “salvo previsión normativa en contrario, la prioridad otorgada al conductor que accede a un cruce por la derecha no se modifica aunque la calle por donde circula quien lo hace por la izquierda sea una avenida”, lo cual no ocurre ni en el Código de Tránsito ni en ordenanda municipal alguna.

El Tribunal de Apelación tuvo en cuenta que, “además de no respetar la prioridad de paso que correspondía al actor, el demandado es embistente, no disminuyó la velocidad al aproximarse a la encrucijada por la que ya estaba pasando el demandante y su velocidad era excesiva”.

En disidencia, el juez Walter Simes propició dividir la responsabilidad en partes iguales, entendiendo que “la prioridad de paso derecha-izquierda cede en el caso de avenidas”, porque si bien ello no está contemplado en norma alguna, “frente a una avenida, siendo una vía de mayor jerarquía por el mayor volumen y la mayor velocidad con que puede circularse por ella y por la función que cumple siendo una vía multicarril, quien no adopte las precauciones necesarias para cruzarla o ingresar a ella sin crear riesgos al tránsito o afectar su fluidez, es quien debe ser considerado responsable”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?