miércoles 27, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

¿Propuestas? para el Fuero Penal Económico y Anticorrupción

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Hace algunos días los medios de comunicación publicaron las propuestas de los candidatos a gobernador de la provincia de Córdoba respecto de qué hacer con el fuero penal económico y anti-corrupción.

Por Maria Lourdes Compagnucci y Sofia Diaz Pucheta* – Exclusivo para Comercio y Justicia

En general, éste es criticado por su poca actividad, los insuficientes resultados obtenidos, la baja tasa de juzgamiento de casos y de condenas, y el alto índice de prescripción de las causas.

Entre las alternativas que ofrecieron los postulantes, tenemos las posturas más diversas.

Algunos propusieron la eliminación del fuero por su falta de eficacia e incumplimiento de los objetivos perseguidos con su creación. Esta “propuesta” no parece hacerse cargo de la problemática planteada. Por un lado, porque las causas de corrupción volverían a ser de fueros comunes, perdiendo todas las ventajas que deben reportar las fiscalías especializadas que se mencionarán más adelante. Por otro lado, ante el incumplimiento de los objetivos, sería más apropiado analizar por qué no se obtuvieron y proponer medidas para que se cumplan.

Oficinas
Otros candidatos sugirieron la (re) creación de una oficina y/o agencia anticorrupción, dependiente del Poder Ejecutivo. Éstas desarrollan un papel fundamental en la aplicación de políticas de transparencia y su existencia puede ser muy fructífera en el marco de una política pública anticorrupción “de amplio espectro”, lo cual no es sólo deseable sino necesario.

Ahora bien, la persecución de ilícitos como los analizados es una tarea que no puede soslayarse y que debe permanecer en manos de la Justicia -a quien compete la función de investigarlos-, por lo cual una oficina anticorrupción no solucionaría las deficiencias de la actividad judicial. En tal sentido, no es una propuesta que baste a sí misma.

Competencia e imprescriptibilidad
Otra medida sugerida fue modificar la competencia material de los fiscales, para que cualquier representante del Ministerio Público pueda investigar casos de corrupción y, así, “evitar la imparcialidad en la investigación de este tipo de hechos delictivos”.

En primer lugar, parece que hay un error de expresión: probablemente el candidato se refería a evitar la parcialidad. Aun así, resulta equívoco el uso del término “imparcialidad” referido a los fiscales. El único que debe procurar ser imparcial es el juez que resuelve, pero las partes (fiscalía y defensa) siempre son parciales, ya que cada una tiene su propia postura y sus propios intereses.

Esto no es una mera cuestión lingüística, es un tema muy trascendente: los anteriores sistemas inquisitivos, y aun los mixtos, permitían que investigue y juzgue un mismo órgano (Juzgados de Instrucción), y lo justificaban en esa supuesta imparcialidad, pero nada hay más parcial que ello.

Por otro lado, esta propuesta (y todas las que pretendan eliminar el fuero) implica abandonar el criterio de especialización de las fiscalías, lo que consideramos contraproducente, ya que los delitos económicos y de corrupción presentan modalidades comisivas muy especiales, que requieren de funcionarios con un conocimiento particular y medidas de investigación y formas de trabajo específicas, lo cual justifica la creación de fiscalías especializadas.

Otro candidato propuso sancionar una ley de imprescriptibilidad de los delitos cometidos por funcionarios públicos. En primer lugar, se debe aclarar que la única forma de canalizar esta propuesta es por vía legislativa y nacional, ya que no depende del Poder Ejecutivo provincial y eso debe aclararse para no generar confusiones en los ciudadanos. Además, la imprescriptibilidad de un ilícito implica quitar los límites temporales a la persecución del Estado, lo que puede generar una prolongación excesiva y poco eficaz de estos procesos.

También significa avanzar sobre ciertas garantías constitucionales que deben ser consideradas con seriedad.

Sin ir más lejos, actualmente, el término de la prescripción de los delitos cometidos por funcionarios públicos se suspende hasta que estos dejan la función y no por ello ha mejorado la persecución de los casos de corrupción. Como medida aislada, la “imprescriptibilidad” no es una solución acabada para el tema, sino más bien una medida de dudosas consecuencias, que no traerá mejores resultados que los criticados.

Otro postulante planteó que se instaurara un control de la sociedad (o de los obreros) sobre los funcionarios públicos. Aquí se presenta el mismo problema que en el punto anterior: por sí misma, no es una propuesta que tenga, siquiera potencialmente, la posibilidad de solucionar el problema. Huelga destacar que los mecanismos de control y participación popular son una herramienta importante para la prevención y persecución de delitos.

En este punto, la Justicia de Córdoba cuenta desde el año 2005 con la participación de los ciudadanos en el enjuiciamiento de los casos de corrupción mediante el instituto del Jurado Popular. Aún así, no se debe perder de vista que las medidas de participación ciudadana son fundamentales y que, como las demás, deben ser complementarias de otras de carácter institucional.

Finalmente, mantener el fuero sin cambios implica no reconocer las deficiencias que el modelo implementado presenta. Es indispensable que luego de aplicar una política pública se controle su implementación, se analice su rendimiento y se propongan ajustes en consecuencia, para una mejor adecuación a los objetivos que se plantearon. Si bien coincidimos en sostener la existencia de fiscalías especializadas en general, y la de este fuero en particular, no menos cierto es que el modelo de investigación y persecución debe mejorarse. Este candidato también agregó que, de ser necesario, se asignaría más presupuesto. Evidentemente, esto puede ser muy útil si la asignación presupuestaria tiene objetivos claros y de impacto directo en cuestiones vinculadas con la eficiencia, pero debe evitarse caer en simples asignaciones de personal.

Complejidad
En resumen, ninguna de las propuestas analizadas esbozó siquiera un análisis sistémico que se haga cargo de la complejidad de la temática o que tenga en miras un abordaje integral al respecto. Al igual que el resto de las áreas de la Justicia, el Fuero Penal Económico y Anticorrupción necesita una reforma que adecúe las instituciones a las nuevas exigencias y desafíos. La modernización del sistema judicial se impone, y este fuero no es la excepción.
Son muchas las propuestas que se pueden hacer, pero es imperioso realizar primero un diagnóstico preciso, sincero y actualizado sobre la realidad del fuero, con base en el cual diseñar y desarrollar una batería de estrategias institucionales que permitan la implementación de una verdadera política en la materia.

Los invitamos a leer nuestro siguiente artículo en el que comenzaremos a delinear algunas medidas concretas que, a nuestro criterio, debe incluir una política institucional integral anti-corrupción, entre los que cabe destacar el recupero de activos.

* Inecip-Cipce.

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