La ONG AsociaciÓn por los derechos Civiles (ADC) manifestó su preocupación por la iniciativa que habilita exclusivamente al Consejo de la Magistratura a designar jueces reemplazantes en casos excepcionales.
El 28 de mayo pasado, el Senado de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo que propone modificar el sistema de subrogancias para los tribunales inferiores a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
En un principio, el proyecto propone que, en caso de vacancia de jueces, el Consejo de la Magistratura designará un subrogante, quien podrá ser un magistrado de igual competencia de la misma jurisdicción o un miembro de la lista de conjueces confeccionada por el Consejo de la Magistratura y aprobada por el Poder Ejecutivo y el Senado de la Nación. De este modo, la conformación de la lista de conjueces recoge la jurisprudencia de la CSJN. En el caso “Rosza”, ésta estableció que en el procedimiento de subrogancias deben participar los tres organismos que, por mandato constitucional, son los encargados de designar a los jueces titulares: el Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el Senado de la Nación. Sin embargo, el proyecto establece una excepción que fue cuestionada por la organización no gubernamental (ONG) Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
Se trata del artículo 4 del proyecto del Poder Ejecutivo, que dispone que en casos excepcionales en los que no hubiere disponible una lista de conjueces con acuerdo del Senado, el Consejo de la Magistratura designará subrogantes de la lista aprobada por el Plenario del mencionado Consejo. Es decir, habilita la designación de jueces con la sola intervención del Consejo de la Magistratura.
Según asegura la ADC, esto ya fue declarado inconstitucional por la CSJN hace más de ocho años y, de aplicarse, se distorsionaría todo el sistema de designación de jueces provisorios, “vulnerando gravemente la garantía de independencia judicial”.
Expresó la ADC en un comunicado: “La gravedad de este proyecto de ley radica en que se le otorga -aunque sea a modo de excepción- al Consejo de la Magistratura facultades contrarias a la propia Constitución Nacional, quedando al arbitrio de éste la designación de subrogantes”.
Los números
Es preciso destacar que en la actualidad más de 18,5 % de los jueces son subrogantes. Tal como lo muestra un informe de la ADC, este número se ha mantenido uniforme desde hace años. Por lo tanto, si se aprobare este proyecto de ley, el Consejo de la Magistratura podría designar un alto porcentaje de subrogantes.
Así las cosas, la ADC manifiestó su profunda preocupación “por la discrecionalidad que le otorga el proyecto del Poder Ejecutivo al Consejo de la Magistratura” y solicitó a la Cámara de Diputados de la Nación que rechace este proyecto.
Finalmente, la ADC recordó que el actual Reglamento de Subrogancias del Consejo tampoco cumple con las debidas garantías constitucionales, en tanto incluye en las listas de conjueces a los secretarios judiciales.
“La Corte Suprema, en el caso ‘Asociación de Magistrados y Funcionarios’ consideró que la ley 26736 -que regula el proceso de designación- en ninguna hipótesis ‘contempla la posibilidad de que los secretarios judiciales puedan ser incluidos en las listas de abogados de la matrícula federal que debe confeccionar el Poder Ejecutivo Nacional, con acuerdo del Senado de la Nación, para ser designados magistrados nacionales y federales, sin que esa exclusión conlleve a la desigualdad de trato´”, concluyó la ONG.