Un tribunal de Villa María dispuso que en forma “urgente” el menor sea devuelto a la madre, quien ejerce la guarda de hecho. El progenitor lo había trasladado a una localidad distinta de la que fue el centro de la vida de la criatura.
El Juzgado de 1ª Instancia y 4ª Nominación en lo Civil, Comercial y de Familia de Villa María ordenó en forma cautelar la “urgente restitución” de un menor de edad a la madre, quien ejercía la guarda de hecho, tras el retiro inconsulto por el padre y traslado a localidad distinta de la que fue el centro de vida del niño.
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