Según la cultura y el momento histórico del que se trate, el suicidio ha sido visto de diferentes maneras, siempre genera debate; rechazado por la iglesia Católica, aceptado en algunos países en relación con el suicidio asistido para casos en los que el sufrimiento del paciente es irreversible, también es entendido como acto heroico o de cobardía hacia la vida.
El suicidio es uno de los comportamientos más antinaturales que se puede cometer, partiendo de sostener que los animales están programados filogenéticamente para preservarse y preservar la especie, siendo el humano el único capaz de decidir quitarse la vida libre de actos reflejos destinados a la conservación de sus genes.
Claro, el cerebro humano tiene la capacidad de analizar, de abstraer y hacer posible la conciencia relacionando elementos que van más allá del aquí y ahora. Esta facultad exclusivamente humana permite crear un mundo intelectual interno y preocupaciones independientes del momento presente (Tejedor y Punset, 2004).
Aunque en el suicidio no hay duda de que la víctima fue la causante del deceso, siempre está la posibilidad de que otras personas puedan contribuir directa o indirectamente para quitarse la vida.
Si bien existen diferentes conceptualizaciones relativas al suicidio, se presentan tres supuestos básicos en esta conducta: 1) El suicidio es un acto voluntario; 2) el individuo suicida desea morir; y 3) la situación por la que pasa el individuo la percibe como irremediable e intolerable. Esos supuestos son de gran complejidad y nos llevan a preguntas de interés jurídico que es necesario plantearse, tales como si hubo intencionalidad de quitarse la vida, si de hacerlo estaba en pleno uso de sus facultades mentales -es decir si tenía los estados de conciencia alterados o no-, si padecía de alguna psicopatología -como depresión, por ejemplo- la presencia de factores estresantes, cuáles fueron aquellos que pudieron ser desencadenantes de tal conducta.
Resulta de utilidad, a fines de dilucidar lo sucedido, la realización de diferentes pericias médico-forenses, criminalísticas, psicológicas -como la autopsia psicológica (A.P)-, tal como me refirí en la publicación de su nombre de fecha 6/3/2014, esta última para establecer la relación entre las condiciones psicológicas de la víctima previo al fallecimiento y su relación con el perfil de personalidad, tanto como de otros elementos culturales de la víctima.
Factores de riesgo suicida y factores protectores
La identificación de los factores que pudieron aumentar el nivel de riesgo suicida guarda estrecha relación con ese tipo de conducta. El nivel de riesgo aumenta proporcionalmente al número de factores presentes, si bien algunos tienen mayor prevalencia que otros.
Los factores de riesgo suicida que se pueden identificar son: trastorno afectivo, esquizofrenia, trastorno de ansiedad, abuso de sustancias, trastorno de personalidad, otros trastornos mentales, problemas de salud física, dimensiones psicológicas, factores de herencia, religiosos, familiares-contextuales y eventos vitales estresantes, entre otros.
Si bien cada uno de ellos merece un tratamiento especial que no puede ser tratado por este medio, los eventos vitales estresantes tales como pérdidas personales (separación, muertes), pérdidas financieras, problemas legales y acontecimientos negativos (conflictos y relaciones interpersonales) pueden ser desencadenantes de una conducta suicida o el móvil de ella. Pero ninguno de ellos cobra significación de manera aislada y transcurren en personas que presentan otros factores de riesgo. Se debe considerar siempre el valor subjetivo que representa para la víctima.
También existen los factores protectores, es decir aquellos que disminuyen la probabilidad de un suicidio en presencia de factores de riesgo, tales como los personales, los medioambientales, los valores culturales. La habilidad en la resolución de conflictos o problemas, la confianza en uno mismo, la habilidad para las relaciones sociales e interpersonales, flexibilidad cognitiva; por una parte; los sociales o medioambientales -refieren al entorno inmediato de la víctima, tal como las relaciones familiares y de trabajo-, todas son condiciones de psicohigiene de significación particular, por la convivencia diaria que la víctima establece con ellas.
No es lo mismo una víctima predispuesta por una conducta negligente o defectos de su carácter cuya participación lo hace propenso al homicidio o al suicidio, que una víctima como pueden ser el fiscal Nisman, o el directivo encontrado sin vida en la financiera CBI. Es decir, el lugar que ocupaban, el acceso a la información, los vectores de presión a los que están expuestos -salvando las diferencias- en cada uno de estos casos no pueden ser delegadas ni compartidas. En estos casos se denomina a la víctima como de tipo “determinada”, la cual pudo haber sido elegida específicamente pues no sería lo mismo que perdiera la vida otra persona en su lugar. Por esa condición la investigación en estos casos debe partir de considerar la muerte como de etiología dudosa (MET).
* Perito de control. Consultora en Psicología Judicial Mulfuero. Psicología Laboral-Empresarial