El fiscal Raúl Pleé estima que el recurso del Gobierno implica “entorpecer las tareas de la investigación en curso” sobre el atentando a la AMIA.
El fiscal Raúl Pleé pidió que se rechace el recurso del Estado nacional y que se confirme la declaración de inconstitucionalidad que dictó la Sala I de la Cámara Federal, del llamado “Memorándum de entendimiento con Irán”, en el marco de la investigación por el atentado a la AMIA.
Para Pleé, la interposición de un planteo ante la Sala II Cámara Nacional de Casación Penal implica “entorpecer las tareas de la investigación en curso”.
“La entrada en vigencia del acuerdo bilateral -de ser aprobado por la República de Irán como lo fue por el Congreso Nacional mediante la sanción de la ley 28843, y de generarse el intercambio de notas recíprocas al que alude el texto-, por sí solo, importaría admitir la indebida intromisión del Poder Ejecutivo Nacional en cuestiones ajenas a su competencia y, con ello, aceptar una evidente violación a la división de poderes ínsita en el sistema republicano de gobierno”, afirmó Pleé.
En tanto, enfatizó que la comisión que se crea mediante el instrumento no es precisamente una “Comisión por la verdad”, como decelama, sino -según estimó- “un órgano cuasi jurisdiccional con facultades, incluso, de autoridad para realizar preguntas a los representantes de cada parte y de interrogar a los imputados junto a las autoridades judiciales argentinas e iraníes”.
Para el fiscal, el acuerdo no efectúa distinción entre la labor de la Justicia y la que tendría la comisión, resaltando que el proceso para la identificación y juzgamiento de los responsables del atentado a la mutual judía debe ser llevado adelante por las autoridades instituidas por la Constitución Nacional; es decir, los órganos competentes del Poder Judicial de la Nación.
Intereses
Por otra parte, rechazó que la Justicia no pueda intervenir, como alegó el Gobierno, para evaluar la constitucionalidad o no del acuerdo; ello así, ya que la entrada en vigor de la ley que lo aprobó tiene incidencia sobre los intereses que se alegan afectados, lo cual habilita a los tribunales a examinar la validez de la norma en aras de resguardar la actuación de la Justicia argentina.