La Cámara Nacional en lo Penal Económico rechazó una solicitud presentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para llevar adelante un allanamiento en varias propiedades de un contribuyente. El tribunal entendió que, lejos de contar con información precisa que acreditara la existencia de un “foco de evasión”, el organismo tenía sólo “incertidumbre” sobre la situación .
En su momento, el Fisco solicitó que se lo autorizara a allanar algunos inmuebles del empresario Luis Francisco Dotto, con el objetivo de “obtener y resguardar” documentación que tuviera asentadas operaciones comerciales y datos patrimoniales.
El ente justificó su petición en la presunta existencia de ingresos que no fueron declarados por el contribuyente y que le permitirían mantener el alto nivel de consumo que detectó. Además, destacó que tenía bienes que no incluyó en las respectivas declaraciones.
En primera instancia el juez interviniente no hizo lugar al planteo, al advertir “un ostensible estado de incertidumbre con respecto a la capacidad contributiva” del presunto evasor. Asimismo, subrayó que no había certeza en cuanto a si hubo o no algún perjuicio para el Fisco.
En esa línea, enfatizó que si bien alegó haber sufrido daños, no dio detalles sobre “cuál sería el monto” ni de qué modo se lo habría causado.
Ante ello, la AFIP apeló lo resuelto, aunque sin suerte, ya que la Cámara indicó que los argumentos esgrimidos en el recurso no cumplían las exigencias que establece la normativa vigente. Paralelamente, reseñó que la solicitud del ente estaba dirigida a “producir pruebas”, no a conservarlas.