La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) que se abstenga de requerir a los bancos la aplicación de medidas cautelares sobre cuentas y activos bancarios de clientes evasores que estén radicados fuera del territorio bonaerense.
Esto beneficiará a los empresarios locales, preocupados por lo que entendían como “avances desmedidos” del organismo sobre contribuyentes cordobeses con operaciones comerciales en la provincia vecina, que comenzó a debitar Ingresos Brutos con retenciones a las cuentas bancarias.
La medida de la Corte fue dispuesta en una causa iniciada por la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), Citibank, Banco Río de la Plata, HSBC Argentina, Bank Boston, Banco Francés, Banco Itaú, y JP Morgan National Association, por la que solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 13 bis y 14 bis del Código Fiscal bonaerense.
Según consideraron las entidades financieras, esos artículos que facultan al ente recaudador para ordenar medidas precautorias sobre cuentas bancarias situadas fuera del territorio de la provincia, para requerir información a los bancos sobre fondos y valores de sus clientes, son “constitucionalmente inválidas” y afectan el llamado “secreto bancario”.
La Corte destacó expresamente que la medida cautelar ordenada no se traduce en un perjuicio fiscal para Buenos Aires, en tanto no eximió a que esta última persiga el cobro de la renta pública a través de los juicios de apremio radicados en sede judicial, y siguiendo el procedimiento establecido por la ley nacional 22172.
La resolución lleva la firma de los ministros Elena Highton de Nolasco (en disidencia), Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay.
Tal como anticipó Comercio y Justicia, las cámaras enroladas en Fedecom, además de otras entidades que nuclean a empresas e industrias de diferentes rubros, prepararon semanas atrás diferentes presentaciones ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), ante lo que consideraron un avance desmedido del organismo.
Esta resolución de la Corte beneficiaría a los empresarios locales, puestos que ARBA deberá abstenerse de requerir a los bancos la aplicación de medidas cautelares sobre cuentas y activos.